miércoles, 12 de marzo de 2014

Boletín: #CEPAD presenta Demanda de Protección de Derechos Humanos vs @Hroblespeiro alcalde de @ZapopanGobierno

Boletín de Prensa: CEPAD presenta Demanda de Protección de Derechos Humanos en contra del Presidente Municipal de Zapopan Héctor Robles Peiro.

El Segundo Juzgado de Distrito en Materia Administrativa en Jalisco admite la demanda por omisión de dar respuesta a la petición realizada con motivo del incumplimiento a los compromisos asumidos para la protección del Bosque El Nixticuil.

Debido al ecocidio que sufrió el Bosque El Nixticuil el mes de febrero del año pasado, el 5 de marzo de 2013 Héctor Robles Peiro se comprometió mediante un oficio dirigido al Comité Salvabosque en Defensa del Bosque El Nixticuil a efectuar las obras correspondientes para la restauración de la zona que fue devastada por la Dirección de Obras Públicas; entre ellas se encuentran el retiro de escombro depositado en el área, obras de conservación de suelo y agua, el cercado perimetral, así como la reforestación con especies forestales nativas para restituir el arbolado talado.

Mediante dicho oficio, el alcalde de Zapopan se comprometió a cumplir con estos compromisos una vez que diera inicio el temporal de lluvias del año pasado; sin embargo, el temporal terminó sin que se llevara a cabo lo pactado. Por este motivo, el 17 de octubre de 2013, el CEPAD presentó un documento en la oficina de la Presidencia Municipal en donde se hizo la solicitud a Robles Peiro para que diera respuesta respecto del incumplimiento de los compromisos mencionados.

Debido a que hasta la fecha no se ha obtenido una respuesta por parte de la autoridad, el pasado 5 de marzo de 2014, el CEPAD presentó una demanda para proteger el derecho a recibir respuesta e información en contra del Dr. Robles Peiro por vulnerar el derecho reconocido en los artículos:  1º (deber de la autoridad de respetar y proteger los Derechos Humanos), 6º (derecho al acceso a la información) y 8° (derecho de petición) de la Constitución Mexicana, así como en el artículo 24º (derecho de petición) de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

Dicha demanda fue admitida bajo el expediente 597/2014 ante el Segundo Juzgado de Distrito en Materia Administrativa en Jalisco, por lo que en 10 días la autoridad responsable deberá rendir su informe sobre las cuestiones planteadas.

El CEPAD se ha visto en la necesidad de realizar la acción legal a su alcance, debido a la omisión y desinterés de la autoridad en cuestión respecto de atender los derechos relacionados con el bosque El Nixticuil, como son al medio ambiente sano, al agua, a la alimentación y todos aquellos vinculados a los derechos de la naturaleza.

Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo

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