martes, 21 de agosto de 2007

Boletin de Prensa:

Zapopan, Jalisco; a 21 de Agosto de 2007

En base a los artículos 169 y 170 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco, y los artículos 222 y 227 del Reglamento de Construcciones y Desarrollo Urbano del Municipio de Zapopan, el Comité Salvabosque Tigre II, solicitamos el día de hoy la cancelación definitiva de la Licencia de Urbanización “Verde I Serena”, otorgada el día 19 de diciembre de 2006 al Arquitecto Francisco Javier Ibarra García de Quevedo, la demolición de la obra y la reparación total del daño ambiental ocasionado sobre 1.7 hectáreas del bosque El Nixticuil, en la colonia La Salitrera.


La denuncia dirigida al Alcalde y a los regidores del Municipio de Zapopan, se elabora después de una investigación realizada por el Comité, en la que fueron recabadas las respuestas de las instituciones responsables de los trámites para la otorgación de la licencia de urbanización. Pues aunque el Comité interpuso una denuncia ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) desde el 20 de Junio de 2007, la institución no ha implementado ninguna acción, a pesar de que vía telefónica, han declarado desde hace un mes que ya se había dictaminado como iban a proceder, asegurando que se iba a iniciar un procedimiento respecto a Verde I Serena pues existen irregularidades en el desarrollo.


Para fundamentar la cancelación definitiva de la Licencia de Urbanización “Verde I Serena”, presentamos las siguientes pruebas:


1) Copia de la solicitud interpuesta ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) por el Comité Salvabosque Tigre II, con fecha del 17 de Julio de 2007, en la que pedimos se nos informara si el Fraccionamiento Verde I Serena ha presentado ante esta institución los documentos correspondientes al Estudio de Impacto Ambiental y Cambio de Uso de Suelo que son requisitos para el otorgamiento de la licencia de urbanización, y que es facultad de la SEMARNAT revisar y autorizar según lo establece el Capitulo II titulado “De las Obras o Actividades que Requieren Autorización en Materia de Impacto Ambiental” en su articulo 5°, inciso O, fracción I, y en el articulo 9° del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental (LGEEPA).


2) Copia del documento en respuesta a nuestra solicitud, con fecha del 20 de Julio del 2007, en el que el Ingeniero José de Jesús Álvarez Carrillo, delegado de la SEMARNAT en Jalisco, nos informó que para el citado desarrollo “no se ha presentado documentación alguna ante esta Delegación, por lo que no se cuenta con los documentos referidos”.


Lo anterior hace constar que en el otorgamiento de la licencia se violó el artículo 205 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco en el cual se lee: “Queda prohibido a los funcionarios que tengan a su cargo la recepción y revisión de expedientes relativos a obras de urbanización y edificación, bajo su estricta responsabilidad, recibir expedientes incompletos o solicitudes condicionadas, al cumplimiento posterior de requisitos por parte de su promovente”. La licencia de urbanización con fecha del 19 de Diciembre, es decir otorgada tres días antes de la declaratoria del bosque El Nixticuil como Área Municipal de Protección Hidrológica y de Recursos Naturales, es otra muestra de que se actuó de forma dolosa, pues con anticipación los cabildos tienen definida su agenda. Las administraciones pueden cambiar de partido, pero los intereses que ellos resguardan son los mismos.


No obstante las solicitudes de revisión de la legalidad de la licencia que el Comité ha hecho a las actuales Direcciones de Obras Públicas y de Ecología y Fomento Agropecuario del Ayuntamiento de Zapopan, se nos ha respondido respectivamente que “el propietario del desarrollo denominado Verde I Serena, cumplió con lo relativo en materia ambiental” y que los promoventes “presentaron Estudio de Impacto Ambiental, el cual fue debidamente analizado”.


Por lo anterior y con base en los artículos 406 y 407 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco, exigimos que se sancione a los funcionarios, Ingeniero Ricardo Robles Varela, Director General de Obras Publicas, al Arquitecto Nicolás Espinosa Urzúa, Director de Control del Ordenamiento Territorial y al Arquitecto Justo Edmundo Osorno Vizcaíno, Director General de Ecología y Fomento Agropecuario, quienes han incurrido en responsabilidades al no acatar la legislación vigente y no dictar las medidas para revocar dicha licencia, encubriendo la ilegalidad con la que se otorgó la misma, y que se proceda en contra de ellos según lo establezca la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Para fundamentar tal exigencia anexamos las siguientes pruebas:


1) Copia de oficio enviado por el Ingeniero Ricardo Robles Varela, Director General de Obras Publicas, y el Arquitecto Nicolás Espinosa Urzúa, Director de Control del Ordenamiento Territorial, al Maestro Fernando Zambrano Paredes, Jefe de Seguimiento de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, con fecha del 28 de Junio del 2007. En el primer párrafo de dicho oficio se hace referencia al cumplimiento del desarrollo Verde I Serena en lo relativo a materia ambiental.


2) Copia de oficio enviado por el Arquitecto Justo Edmundo Osorno Vizcaíno Director General de Ecología y Fomento Agropecuario a la Lic. María Teresa Brito Serrano, Secretario del Ayuntamiento de Zapopan, con fecha del 9 de Julio del 2007. En el primer párrafo del oficio se afirma que “los promoventes del proyecto Verde I Serena presentaron estudio de impacto ambiental el cual fue debidamente analizado”.


El Comité Salvabosque ha denunciado desde hace dos meses las violaciones que el Arquitecto Francisco Javier Ibarra García de Quevedo esta cometiendo con la urbanización del desarrollo Verde I Serena, a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al AmbienteNorma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001 (Especies Protegidas), a lo que ahora se suman las acciones de encubrimiento que funcionarios del Ayuntamiento de Zapopan han realizado con respecto a la violación de la legislación en materia de desarrollo urbano.

La violación sistemática a la legislación y a nuestros derechos humanos por parte de los funcionarios del Ayuntamiento de Zapopan está ahora documentada, el uso y abuso del poder para proteger los intereses de capitalistas como Francisco Ibarra siempre bajo el discurso del fracasado desarrollo sustentable, del ecologismo light.

En la siempre espera de que se haga cumplir la ley, de que haya Justicia y Castigo a los responsables

Comité Salvabosque Tigre II


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